Está en juego la civilización. En el contexto de crisis sistémica del modelo económico insostenible, ineficiente, depredador, injusto e insolidario la fiscalidad ecológica y social se presenta como una propuesta imprescindible para frenar la crisis de civilizatoria, para avanzar hacia la igualdad. Hablamos de sostenibilidad dura, no de componendas, hablamos de transformar la economía en otra economía. Hablamos de tocar las narices al capital.
La idea fiscalidad ecológica y social nace con carácter positivista, es una propuesta verdaderamente de izquierdas, dice: hay que cambiar las leyes a fondo para ir a la raíz del problema. No se plantea en el sentido de Robin Hood, no se trata simplemente de quitarle al rico para dárselo a los pobres, actúa sobre la función de la propiedad, no sobre la propiedad misma. Lo que es tuyo es tuyo, diríamos, pero lo que haces o dejas de hacer con lo tuyo afecta a la sociedad, si la afección es positiva, crea bienestar social serás favorecido, si la afección es negativa, crea malestar, serás gravado.
Si hoy el modelo capitalista ha producido desequilibrios y fracturas sociales gravísimas, ha expoliado recursos no renovables, ha convertido territorios y culturas en parajes colonizados por el capital y sus agentes (Andalucía es un ejemplo paradigmático en el marco español), ha encontrado formas sutiles de dominación de la mujer, y ha engrosado la pobreza y el capital al mismo tiempo, no hay mas remedio que hacerle frente.
Definamos los objetivos esenciales de una Nueva Cultura Fiscal:
- Dotar a las personas de una Renta Básica digna.
- Elevar la calidad y cantidad de los servicios sanitarios, educativos, sociales y culturales que la ciudadanía recibe de las administraciones públicas.
- Conseguir la igualdad de género en el ámbito productivo.
- Hacer decrecer el uso de recursos materiales y territorio.
- Conseguir 0 emisiones y 0 residuos.
- Limitar la colonización de territorios por parte de empresas globalizadas.
El primero de los objetivos trata de evitar la pobreza y dotar a las personas de capacidad de negociación frente a condiciones e imposiciones laborales indignas. Se trata de poder decir no a la explotación laboral.
El segundo trata de reforzar la función del estado como garante del acceso a servicios esenciales, son los derechos constitucionales colectivos.
El tercero debe actuar dentro del sistema económico para favorecer el empleo y la igualdad de salarios de hombres y mujeres.
El cuarto busca la eficiencia y el incremento de la productividad reduciendo los insumos. Se trata de desmaterializar la economía.
El quinto apuesta por cerrar los ciclos de producción, al igual que la naturaleza lo hace en sus procesos metabólicos.
El sexto busca limitar el expolio de unas regiones sobre otras y del capital sobre el territorio y sus habitantes.
Fijados los objetivos podemos hablar de los principios de actuación en el marco de una nueva cultura fiscal:
– Principio de finalidad: Relacionar el ingreso con los gastos. Toda recaudación proveniente de un impuesto o tasa ha de tener carácter finalista. Debe conocerse anticipadamente donde y para qué va dirigido y sirve lo recaudado.
– Principio de progresividad: La proporcionalidad del gravamen o la desgravación debe estar relacionada con el tamaño de los ingresos o beneficios individuales o societarios.
– Principio de externalidad: La generación de emisiones y residuos ha de ser gravada proporcionalmente a la cantidad y tipo de materia excretada.
– Principio de igualdad de género: El diferencial de salarios hombre-mujer y el diferencial de empleos hombre-mujer en una empresa ha de ser tasado y relacionado con las imposiciones o las desgravaciones fiscales.
– Principio de justicia retributiva: El salario medio ponderado en una empresa ha de ser un indicador de justicia retributiva a relacionar con la carga impositiva o los incentivos fiscales.
– Principio de eficiencia productiva: Los balances de materia y energía en el ciclo completo de un producto han de ser tenidos en cuenta fiscalmente.
– Principio de servicios ambientales: Las actividades que generen externalidades ambientales positivas han de ser retribuidas fiscalmente.
– Principio de uso del capital inmobiliario: El capital inmobiliario incrementará su carga impositiva cuando no esté puesto al servicio de las necesidades sociales.
– Principio de equidad territorial: Las empresas e individuos deben declarar sus beneficios en todos los territorios donde radique al menos una parte de su actividad, sea producción, transformación, o comercialización, independientemente de la ubicación del domicilio societario.
Obsérvese que cada uno de estos principios puede derivar en un nuevo indicador fiscal y económico, tanto a escala empresarial como a escala macroeconómica.
Desde este punto de vista una Ley de Economía Sostenible resultará una declaración de intenciones, aunque asigne inversiones a sectores como el de las renovables o la movilidad sostenible, y se quedará en la superficie de los problemas sociales y económicos. Las comunidades autónomas y el Estado disponen de tres instrumentos legislativos esenciales para intervenir en los flujos económicos, la Ley de Hacienda Pública, la Ley de Presupuestos y la legislación de Contratos Públicos. Es sobre esos tres marcos legislativos sobre los que una Nueva Cultura Fiscal pide intervenir.
Otros asuntos quedan pendientes, tienen que ver con la opacidad de las sociedades, la responsabilidad jurídica de los individuos societarios, la trasparencia en el movimiento de capitales a nivel global o los paraísos fiscales. Cuestiones en las que la Unión Europea tendría mucho que decir.
Continúa de: Por una Nueva Cultura Fiscal I