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La función ecosocial de la propiedad: casas habitadas (Corrala Utopía) y fincas productivas (Somonte)

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La propiedad privada no es un dogma. Ni siquiera un derecho fundamental en sentido estricto. La propiedad privada es un instrumento, un medio, no un fin en sí misma. Es verdad que se trata del máximo poder jurídico, directo e inmediato, sobre una cosa o un derecho.  Como si fuera un gas que se expande hasta ocupar todo el espacio que quede libre. Pero es posible que un émbolo lo comprima hasta reducirlo a la mínima expresión, sin que por ello deje de ser el máximo poder jurídico privado sobre la cosa. Y ese émbolo consiste hoy en que cumpla con su función «ecosocial», es decir,  que la propiedad esté al servicio del entorno (función ecológica) y de la persona (función social), no a la inversa.    

Etimológicamente, «persona» es la máscara que se colocaban los actores y actrices para ocultar el rostro y amplificar su voz en el teatro clásico. Un ser humano es persona para el Derecho cuando se le reconoce su existencia con la dignidad de ser humano. Y eso no ocurre al tiempo de la concepción ni del nacimiento, sino cuando el embrión anida en el útero materno. Así lo dispuso el Tribunal Constitucional al reconocer desde ese instante la existencia del bien jurídico vida humana (que no el derecho a la misma). Poco importa el concepto ético, religioso o incluso biológico que cada uno tenga al respecto. Es el Derecho quien decide cuando ponernos la máscara para ser considerados actores jurídicos. Desde entonces hasta la muerte, persona y dignidad se funden en una misma esencia como estatuas de cera al fuego.

La persona es cuerpo y alma. Y en la medida que formamos parte de una comunidad política como ciudadanos, corresponde al Estado garantizarnos la dignidad de nuestro cuerpo y alma. La dignidad mínima del alma es su libertad. Y la garantía, el Estado Democrático. La dignidad mínima del cuerpo es un techo donde dormir y alimento que comer. Y su garantía, el Estado Social. En estos momentos de crisis, la dignidad del Estado se encuentra bajo mínimos. Su definición constitucional es una farsa. Un azulejo desconchado al que se le rinde pleitesía como a una momia. Porque no garantiza una democracia real (en un reino antidemocrático), ni la igualdad de oportunidades para acceder a una vivienda y a una renta básica. Cada día somos más las personas que padecemos o conocemos a quienes no tienen trabajo, ni dinero, ni casa, ni la posibilidad de reivindicar democráticamente sus derechos a los poderes públicos. Ciudadanos con la dignidad amenazada. Y sin dignidad, no somos personas. De ahí que sea urgente una reforma constitucional para llamar a las cosas por su nombre: España no es un Estado Social y Democrático de Derecho, sino un «Estado del Mercado sin derechos sociales ni democracia». Apenas una selección de fútbol con mayoría absoluta en las audiencias televisivas.

Por eso me fascina que la reivindicación estética de la ciudadanía marginada consista en ocultar su rostro tras una máscara. Están gritando en silencio que somos personas. Reclaman dignidad. Del alma y del cuerpo. Y si el Estado fuera soberano (que no lo es) procuraría remover los obstáculos que nos están condenando a perderla en lugar de colocarlos. Dos ejemplos: La Corrala Utopía de Sevilla y Somonte en Córdoba.

1.- El realojo de 36 familias en La Corrala Utopía de Sevilla es una realidad liderada por mujeres. Vivienda es una palabra hermosísima. Un gerundio en femenino que significa vivir en ella. Sin vida, la vivienda se convierte en una simple casa, en un cuerpo sin alma, que no cumple su etimología ni su función social. A los poderes públicos corresponde que las casas ejerzan de viviendas. Sin embargo, en lugar de facilitarles un alquiler social que puedan pagar dignamente, recapitalizan a los bancos indignos que las desahuciaron. ¿Por qué habrían de hacer otra cosa si se llenan las calles de patriotismo vacío, mientras continúan vacías las 75.000 casas de los bancos que echan a personas a la calle?

2.- Somonte es una finca ocupada por jornaleros en Palma del Río (Córdoba). Una finca yerma en el Valle del Guadalquivir es un atentado contra el sentido común y la decencia. De ahí que su explotación racional permita de una tacada cumplir con la función ecosocial, límite de la propiedad en el siglo XXI. Aunque no estén citados expresamente en la Constitción de 1978, el bloque de límites ecológicos existe tanto en la legislación europea como estatal y andaluza. Los límites ecólogicos a la propiedad deben incorporarse en la ordenación y funcionalidad del territorio, tanto en la propiedad rústica como urbana, ya sea en la política agraria como en la previsión urbanística. Y los límites sociales se clavan en los ojos cuando se repiten las escenas de la Andalucía improductiva por causas ajenas a los trabajadores del campo que quieren y saben aprovechar los usos de las fincas vacías.

Andalucía, a diferencia de otros territorios del Estado, carece injustamente de competencias civiles. Eso no obsta para que desde una perspectiva pública, tomando como referencia la crucial resolución del Tribunal Constitucional sobre la Ley andaluza de Reforma Agraria, legisle con urgencia sobre la función ecosocial de la propiedad para evitar desmanes como Valdevaqueros, y potencie fórmulas legales que permitan la ocupación legítima de fincas públicas improductivas y de viviendas vacías de titularidad bancaria. Sólo así podremos conciliar persona y dignidad en una Andalucía en crisis que comienza a perderla. Y para eso es necesario que los políticos profesionales se quiten la máscara y los ciudadanos nos la pongamos para ejercer de personas y reivindicar nuestra dignidad.

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