El Estatuto de Autonomía para Andalucía ha establecido el derecho social de todos los andaluces y andaluzas para disponer de una Renta Básica que garantice la satisfacción de las necesidades vitales mínimas en caso de necesidad. En efecto, el Estatuto establece en su artículo 23 apartado segundo que “Todos tienen derecho a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la ley”.
La Renta Básica constituye un eficaz instrumento para erradicar la pobreza severa, la marginación y las situaciones extremas de desigualdad en Andalucía. No podemos consentir consintiendo que miles de personas carezcan en la práctica de sus derechos humanos efectivos porque no pueden acceder a los mínimos vitales cuando hay un mandato estatutario, un derecho social, que después de más de diez años aún no se ha hecho realidad.
La situación de paro en Andalucía afecta a 1.138800 personas con una tasa de paro del 28,52% de la población activa, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) para el tercer trimestre de 2016. Estas cifras de paro son las mayores de España y de cualquier territorio de la Unión Europea. Además se está incrementado la cantidad de personas que están sufren un paro de larga duración y el número de andaluzas y andaluces que viven en situación de pobreza relativa e incluso de pobreza absoluta. Miles de familias enteras están en una situación límite porque ninguno de sus miembros puede aportar ingreso alguno ni recibe ninguna prestación pública.
Además de las personas y familias enteras en paro sin derecho a subsidios hay personas en situaciones de grave riesgo social, jubiladas sin derecho a tener una pensión contributiva o que ésta es notoriamente insuficiente; por ruptura familiar donde una de las partes queda sin los medios mínimos para rehacer su vida, sobre todo en el caso de mujeres que optaron por dedicarse de lleno a la familia o con hijos pequeños a cargo, donde la ex pareja no puede o evade garantizar la pensión alimenticia; la inmigración extra o intracomunitaria, etc.
En estas circunstancias es inaplazable incorporación al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2017 de una partida presupuestaria que dote de financiación suficiente al derecho a la Renta Básica para las personas que lo necesiten y la aprobación de la Ley que haga realidad el derecho contenido en nuestro Estatuto de Autonomía.