18/03/2011.
La sentencia del Tribunal constitucional declarando inconstitucional el artículo 51 del Estatuto de Autonomía es un grave error que hay que enmarcar en el plano de una ofensiva neocentralista que no ha hecho sino comenzar. Que nadie entienda que esta es una sentencia basada en criterios de mejora ambiental o hidrológica. El TC solo debe juzgar si hay contradicción o no entre lo que establece la constitución y la norma sobre la que se presume inconstitucionalidad. Esta es una sentencia constitucional con una clara orientación y vocación política.
Esta sentencia es, frente a lo que pudiera parecer para una lectura poco atenta o ilustrada, es un ataque muy lesivo al principio de unidad de cuenca hidrográfica. El objetivo básico de este principio es el mantenimiento de una simetría entre la dimensión y localización de gestión administrativa y los límites físicos del recuro (que no es sólo el rio sino la cuenca). Proteger esta simetría no es sólo protegerla frente a posibles fragmentaciones por abajo (locales o comarcales), sino también por arriba (estatales). Andalucía es ese punto de simetría equilibrado en relación a las dimensiones territoriales y ecológicas de la cuenca del Guadalquivir).Esa simetría la destroza el TC con su españolísima sentencia. Nada hay en esta sentencia que beneficie y al medo ambiente, y al uso eficiente y sostenible del agua. El objetivo es otro; recentralizar el poder político atacando allí donde se visualiza material pero también simbólicamente como es este caso, la capacidad de autonomía.
La misma técnica constitucional utilizada por delata la intención de “hacer daño político” político a Andalucía y al Estado de las Autonomías de paso. Si al TC le preocupaba la gestión solidaria y coordinada del Guadalquivir, la evitación de exclusiones o de usos despilfarradores podía haber optado por una sentencia interpretativa del artículo 51 y no por una sentencia derogatoria, como finalmente ha hecho. La redacción del artículo 51 permitía d e manera cómoda una sentencia interpretativa cuando incluye clausulas de salvaguarda del tipo de “sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22ª de la Constitución” (art.51) Con estas cláusula era perfectamente posible haber dictado una sentencia interpretativa, el TC no ha querido, la intencionalidad política es evidente. Por medio de una sentencia interpretativa se podrían haber blindado todos estos aspectos, sin por ello crear el vacío legal actual, y la fragmentación centralista de la unidad de cuenca. Y de camino haber eludido el bofetón moral a la comunidad autónoma andaluza. Pero tal vez era eso lo que se buscaba. ¿Qué será lo próximo la Alhambra, ¿la Giralda?, ¿El flamenco?.
Algunos sectores han valorado la sentencia positivamente en la creencia de que una gestión centralizada garantiza una mejor administración del rió en los aspectos ambientales, hídricos y administrativos. Tal opinión que carece de fundamento empírico y se basa en un virus ideológico que el centralismo difunde: el poder central (Madrid) es más ecológico y eficiente que las CCAA. O lo que es lo mismo la centralización es más eficiente ecológicamente que la descentralización. Esto es manifiestamente falso como ley general. Nada, ningún modelo de administrativo garantiza una gestión eficiente y ecológica de los recursos naturales. La prueba empírica de que esto es asi es la misma historia de la gestión del Guadalquivir o de la masas forestales y bosques andaluces ¿Hubo algo más dañino ambientalmente que esa pesadilla de los ingenieros del ICONA o de las Confederaciones Hidrográficas cuando dependían de Madrid? La Junta de Andalucía ha podido acercarse peligrosamente a estos nefastos organismos pero superarlos no. Ejemplo como estos habría otros muchos que aducir. Una somera revisión de la historia de las políticas hídricas o forestales en España bastaría para desmontar la ecuación entre centralismo y sostenibilidad.
Sabemos por el contrario que la descentralización es .como tendencia estructural, el modelo institucional que puede fomentar mejor políticas de gestión sostenible de los recursos natrales con la mayor implicación de las poblaciones en la conservación y la eficiencia. Los estudios que desde la ecología política se han vendió realizando confirman esta tendencia. Modelos de gestión descentralizada, colectiva y coordinada de los recursos naturales, entendido como bienes comunes, ha demostrado ser los más vigorosos tanto histórica como experimentalmente. De manera transitoria puede producirse una concentración de decisiones pero el marco estable debe ser el de la descentralización si queremos que la gestión sea sostenible.
El Guadalquivir es física, simbólica y ecológicamente andaluz y esta realidad no la va a cambiar ninguna sentencia. Pero si no reaccionamos ante esta agresión política, vendrán más y serán peores.
Tranquilos, no necesitamos los andaluces enemigos de fuera, nosotros mismos nos bastamos pa buscarnos la ruina de nuestra identidad colectiva y memoria milenaria, como en el caso de esta «gaditana», nacionalista española de Ecologistas en Acción, en el papel de monja-alférez:
http://www.kaosenlared.net/noticia/ecologistas-accion-muestra-perplejidad-tras-acuerdo-entre-grinan-zapat
¿Pero es que vamos a saber más nosotros, pobrecitos parias andaluces, que nuestros amos de la colonia en Madriz que ya tienen estudiao y diseñao desde sus despachazos nuestro bienestar futuro…? Todo por la mayor grandeza de la Patria, por supuesto, única y verdadera junto con su Santa Madre Iglesia:
http://www.youtube.com/watch?v=-3lWL4GbYpE&feature=related
A algunos les quitan el petroleo a otros nos quitan el agua.
Ya no vale resguardar sus miserables intereses con el escudo de la solidaridad o la unidad, que dicen nacional.
Manifiesto de Córdoba