En los últimos años ya se habla muy poco de la importancia de proteger los valores ambientales. La crisis económica, sus causas y sus consecuencias han provocado el olvido de cuestiones como el medio ambiente. A partir de la cumbre de Naciones Unidas de Estocolmo de 1972, y sobre todo, tras la Cumbre de Río de 1992, las políticas medioambientales y las normas jurídicas de protección experimentaron un avance notable, que lamentablemente en los últimos cinco años cayeron bastante en el olvido.
En lo referente a Andalucía, nuestra tierra, es evidente que cuenta, entre otras potencialidades, con un conjunto de recursos naturales muy destacados, un ingente patrimonio natural. Es nuestra obligación colectiva para con las generaciones futuras conservar esos valores, y como desarrollaré más adelante en esta tribuna, es en el ámbito local en el que se pueden articular estrategias efectivas y democráticas para este objetivo.
El artículo 28 del Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007 establece la “versión andaluza” del derecho al ambiente en unos términos más actualizados y completo que el artículo 45 de la Constitución Española. Se proclama en el texto estatutario que todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, así como a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad. Se garantiza este derecho mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales. Asimismo se expresa en el artículo 28 que todas las personas tienen derecho a acceder a la información medioambiental de que disponen los poderes públicos.
Revisada la principal proclamación medioambiental de nuestro Estatuto de Autonomía, es interesante destacar que tanto nuestro texto estatutario como nuestra Constitución establecen una conexión entre calidad de vida y protección ambiental, asunto que es muy importante desde el punto de vista axiológico, de los valores, como concepto de modelo de Estado y de políticas públicas. Es un asunto central, que también aparece, como hemos dicho, en el artículo 45 de nuestra Constitución, aunque no estrictamente como derecho fundamental especialmente protegido, sino como principio rector de la política social y económica, con valor jurídico no de derecho fundamental, sino de principio informador de la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, que no implica aplicabilidad o vinculación directa como derecho fundamental, habiendo que estar a la legislación de desarrollo o actuaciones de los poderes públicos a través de programas de actuación.
Descendiendo a lo local, pretendo destacar el papel fundamental de la administración local en esta materia, así como formular algunas propuestas para las elecciones municipales de 2015. Con carácter general, respecto al conjunto de valores que constituyen el medio ambiente de Andalucía, considerados en el ámbito municipal, es importante constatar que se ha desarrollado en las últimas décadas una creciente demanda social y ciudadana para definir y aplicar políticas ambientales a nivel local, con el objetivo de poner en práctica estrategias municipales de sostenibilidad.
Metodológicamente, los contenidos de las políticas locales de medio ambiente que se desarrollen en Andalucía debieran ajustarse a la realidad de cada ámbito territorial, y elaborarse con la participación más amplia posible. Además, para la eficacia de la política medioambiental son imprescindibles acciones permanentes de educación e información ambiental, con el doble objetivo transversal de hacer más ambiental la actuación municipal en su conjunto y más informada y comprometida a la ciudadanía.
Los ejes estratégicos de una política local de medio ambiente a desarrollar en los Ayuntamientos andaluces debieran establecerse en necesaria coordinación con las políticas medioambientales autonómicas, como debieran ser en materia de gestión de los residuos urbanos con el objetivo de la consecución del ciclo integral de los residuos urbanos, la gestión sostenible del agua, el fomento del transporte público colectivo, apuesta por el uso de la bici para la movilidad en las grandes ciudades, contribución desde lo local a la aplicación de la normativa sobre calidad del aire, diseño de políticas de eficiencia energética, medidas serias contra la contaminación lumínica y acústica, así como líneas de actuación permanente de fomento de la información y educación ambiental de la ciudadanía, serían elementos clave para la eficacia de las políticas locales de medio ambiente. Cuestiones sectoriales que tendrían que ser objeto de debate y decisión en consejos municipales de medio ambiente, órganos de participación real de la ciudadanía y de los colectivos implicados en la protección del medio ambiente.
La apuesta por el medio ambiente debe pasar a ser de nuevo una política con mayúsculas, con un papel central y transversal en la acción autonómica y local de Andalucía. La coordinación de las acciones locales con las políticas medioambientales de Andalucía será esencial. Y en todo caso, es esencial que los poderes locales y el autonómico deben ejercer sus políticas de medio ambiente y de ordenación del territorio en alianza con el poder ciudadano, combatiendo posibles presiones de poderes empresariales o económicos, avanzando también en este terreno hacia la profundización democrática, apostando por uno de los objetivos esenciales y actuales del Estado Social: la defensa del medio ambiente.
Sin lugar a dudas, creo que es clave incidir en la importancia de seguir teniendo en cuenta la variable ambiental y todo el entramado jurídico de protección de dicho valor social. El medio ambiente debe volver a la agenda política e institucional.