Los medios de comunicación privados están excluyendo a Alberto Garzón, candidato de IU-Unidad Popular, de los debates electorales. Se justifican estas empresas privadas en su libertad de mercado, dejando a cara descubierta el totalitarismo informativo que sufrimos en España, denunciado incluso por organizaciones internacionales y en el mismo Parlamento Europeo.
No existe en nuestro ordenamiento jurídico la libertad de las empresas informativas a informar, sino el derecho de los ciudadanos a ser informados con veracidad, profesionalidad, diligencia y pluralismo político. El derecho a la información es considerado un bien supremo de nuestra Carta Magna, por eso está incluido como un bien fundamental dentro del articulado constitucional.
Es más, ni siquiera las empresas informativas que operan en España puede emitir lo que les dé la gana. Emiten gracias a una concesión, una licencia que le suministra el Estado por un periodo determinado, prorrogable o no, y que obliga a estas empresas a cumplir con el ordenamiento jurídico español, con los valores de pluralismo político, derecho al honor y veracidad y principios democráticos. Por eso no se puede emitir pornografía a las diez de la mañana de un sábado, porque el derecho a la protección de la infancia es un bien jurídico superior que la libertad de la empresa a emitir lo que dé la real gana.
De la misma manera, el derecho a que los debates electorales sean plurales no es de los candidatos, sino de los ciudadanos, que tenemos el derecho constitucional a ser informados bajo los principios de pluralismo y veracidad y siempre según la representación obtenida por los partidos en las elecciones anteriores. Eso es lo que dice la Ley Orgánica de Régimen General Electoral (LOREG).
Sin embargo, la LOREG no afecta a los medios de comunicación privados, como si la libertad de empresas de estos medios fuera un bien superior al derecho de los ciudadanos a ser informados según estipula la Constitución Española y a la LOREG, una ley orgánica que regula los procesos electorales. Esta anomalía democrática no atropella los derechos de ningún partido político, sino los de los ciudadanos, el cuerpo electoral que no puede votar si previamente no ha sido informado verazmente.
Las cadenas privadas operan con una concesión del Estado, que es quien regula y es propietario del espectro audiovisual español que cede a empresas informativas. Los medios privados, si viviéramos en una democracia de verdad y no en una de mentira, tendrían que tener la misma obligación de cumplir con la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) que los medios de comunicación públicos.
Básicamente, porque somos los ciudadanos quienes tenemos el derecho a ser informados y no las empresas informativas a informarnos de lo que les dé la gana a ellas. O lo que es lo mismo: no existe la libertad de informar, sino el derecho a la información, al menos así lo dice nuestra Constitución que tanto manosean estos días quienes la incumplen a diario.
Sí, el derecho a la información es un bien superior a la libertad de las empresas informativas. Sin Alberto Garzón en los debates electorales y sin la obligación de los medios privados a cumplir con la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), este país no se puede llamar democrático.
Raúl Solís